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Convención adaptada
(de 13 a 17 años)

Si tienes entre 13 y 17 años, esto es para ti

¿Sabes qué derechos tienes?


art.2

No discriminación


Todo menor importa, independientemente de su sexo, color, idioma, origen, religión… Y si se sienten discriminados, tienen derecho a ser protegidos.


art.3 y 4

Interés superior del niño y aplicación de los derechos


Se deben tener siempre en cuenta los intereses de los chicos y chicas siempre que las autoridades u órganos de gobierno tomen decisiones que les influyan. Asimismo, se proporcionará ayuda a aquellos países que lo necesiten.


art.6

Supervivencia y desarrollo


Todos los niños y niñas tienen derecho a la vida y, a su vez, se debe asegurar su supervivencia y desarrollo


art. 7

Nombre y nacionalidad


Inmediatamente después de nacer, los niños y niñas deben de ser inscritos en el registro y adquirir un nombre y una nacionalidad. Además, siempre dentro de las posibilidades, tienen derecho a conocer a sus padres y a ser cuidados por ellos.


art. 9

Separación de padres y madres


Deberá velarse porque el niño o niña no sea separado de sus padres en contra de su voluntad, excepto en aquellos casos en los que las autoridades jurídicas lo crean necesario, ya sea por negligencia, abandono…


art. 12, 13 y 14

Opinión, libertad de expresión y de pensamiento


Todos los niños y niñas tienen derecho a formar su propia opinión y poder expresarla libremente ya sea de manera oral, escrita o mediante cualquier otro medio de expresión.

Deben respetarse sus opiniones, pensamientos y religión.


art. 15

Libertad de asociación


Los chicos y las chicas tienen derecho a crear sus propias asociaciones, formar parte de ellas y a reunirse de forma pacífica respetando los derechos de otras personas.


art. 16

Protección de la vida privada


Ningún niño o niña debe sufrir intromisiones en su vida, su familia o su domicilio. Todo aquello que escriban es privado y les pertenece.

Asimismo, su reputación no puede ser atacada y deben ser protegidos por la ley ante estos hechos.


art. 17

Acceso a una información adecuada


El Estado debe asegurar el acceso de los menores a información de calidad que pueda ser contrastada entre diferentes fuentes nacionales e internacionales.


art. 18 y 26

Responsabilidad de padres y madres y Seguridad Social


Todas las madres y padres tienen ciertas responsabilidades sobre la crianza y desarrollo de sus hijos e hijas y deben ayudarles a que comprendan y ejerzan sus derechos.

El Estado debe apoyar a los padres, madres y tutores y respetarles, ofreciéndoles, por ejemplo, servicio de guardería a aquellos que trabajen, y asegurar el acceso de los menores a la Seguridad Social.


art. 19, 34 y 39

Protección contra los malos tratos, explotación sexual y recuperación y reintegración social


Ningún adulto, sea conocido o no por el menor, tiene derecho a maltratarlo ni física ni emocionalmente ni a ejercer ningún tipo de explotación sobre el. 

El Estado debe adoptar las medidas que sean necesarias para asegurar su protección.

Todos aquellos chicos y chicas que han sufrido algún tipo de maltrato tienen derecho a recibir ayuda y a integrarse en un ambiente que favorezca la recuperación de su autoestima y su dignidad.


art. 22

Niños refugiados


Todo aquel niño o niña que haya tenido que abandonar forzosamente su país, acompañado o no, tiene derecho a ser protegido y a que el país acogedor le ayude.

En caso de llegar solo, se le deberá ayudar a reencontrarse con su familia o en su defecto se les proporcionará un hogar digno.


art. 24

Salud y servicios médicos


Los niños y niñas tienen derecho a tener el más alto nivel de salud y a tener una asistencia sanitaria adecuada.

También a tener una alimentación adecuada, acceso a agua potable y a ser protegidos de la contaminación medioambiental.

Todos los miembros de la familia, incluidos los menores deben ser conocedores de los métodos de cuidado infantil, higiene… con el fin de evitar posibles accidentes.


art. 27

Nivel de vida


Todo niño y niña tiene derecho a llevar una vida digna y adecuada para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social, siendo esto responsabilidad de los padres o aquellas personas encargadas de ellos.


art. 28

Educación


Tienen derecho a recibir una educación adecuada y accesible para todos en igualdad de condiciones.

Los niños y niñas tienen derecho a estar informados y orientados en cuanto a cuestiones educativas y profesionales.


art. 31

Esparcimiento, juego y actividades culturales


Todos tienen derecho al descanso, al ocio, al juego y a actividades recreativas adaptadas a su edad, así como a participar de la vida cultural y artística, lo cual debe ser defendido por el Estado.


art. 32

Trabajo de menores


Ningún chico o chica debe ser forzado a realizar un trabajo que vaya en contra de su salud física o moral. Para ello deben fijarse unas normas que marquen las edades a las que se permiten realizar ciertos tipos de trabajos y los horarios laborales.